Prematica para que en las villas de quinientos vezinos, y dende ay abajo, y en los lugares que no son villas, y no tienen mas de quinientos vezinos, se consuman los oficios perpetuos que en ella se huuieren criado, para q228}0queden y sean anales, pagando los concejos a los posseedores los precios dellos.

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  • Identificador: 203309
  • Idioma: español

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