Por Don Basco Alphonso de Sousa, Portugal Carrillo Fernandez de Cordova, del Campo, y Angulo, Marquès de Guadalcazar, de Hinojares, y Conde Arenales, vecino de la ciudad de Cordova en el pleyto, con el Convento, y Religiosas del Cistèr Benitas, y Bernardas de la misma ciudad, sobre pretender este se declare, que a el referido Marquès, por ningun titulo pertenece derecho, ò facultad de dár licencia à Vecinos de la expressada villa, ò forasteros de ella, para que con sus ganados, de qualesquier especie, que sean, puedan entrar à comer el pasto de los olivares, que el Convento tiene en su termino, y que deben ser denunciados, y penados, los que assi entraren ; solicita el Marques, que reformandose la sentencia de vista pronunciada á 26 de septiembre de 1764, se le absuelva, y dè por libre de la demanda del Convento, imponiendole en ella perpetuo silencio, y condenandole en costas / [Doct. D. Pedro Antonio de Fonseca y Montilla, Lic. Don Joseph Ramon Moreno]