Prematica para que como fueren vacando se vayan consumiendo las escriuanias del numero acrecentadas, desde el año de mil y quinientos y quarenta en adelante, para que queden en el numero antiguo, y que todas las ciudades, villas y lugares destos Reynos que quisieren consumir las escriuanias mayores, y de los Cabildos y Ayuntamientos lo puedan hazer en la forma en esta ley contenida.

Expresión

  • Identificador: 203310
  • Idioma: español

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