Prematica en que se manda guardar las hechas, so las penas en ellas contenidas, y las que más en cada vna dellas, y adiciones y declaracioes nueuas se ponê y declaran, y que auiendo denunciador, y no prosiguiendo las causas, se proceda de oficio, y no se puedan moderar las penas ; y los que visitaren las carceles se informê del cuydado que ha auido por las justicias, de la guarda, y execucion dellas, y para cada vn año se nombre vno del Consejo, y de las dichas Chancillerias y Audiencias que tenga particular cuydado del cumplimiento y execucion dellas, y de informar al que presidiere, y a los acuerdos.

Manifestación

Autores
Identificador
276247
Fecha de publicación
1594
Lugar de producción
En Madrid : por Tomas de Iunta : vendese en casa de la biuda de Blas de Robles, y Francisco de Robles su hijo..., 1594
Idioma
español
Nota de edición
Reproducción digital del original conservado en la Biblioteca de la Universidad de Granada
Materias
  • Legislación
  • Acción y defensa (Derecho)
Notas
  • Inic. grab.
  • Repositorio DIGIBUG
  • Col. Montenegro
  • Port. con grab. xil. esc. real..
  • Fecha de pub. precede al editor.
Enlace permanente
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