Desde que en el año de 1790 se estableció en los Puertos secos y mojados de estos reynos, habilitados para la entrada de géneros y efectos extrangeros, el cobro del Derecho de internacion que despues de satisfechos los derechos de entrada, se sirvió el Rey mandar exigir de todos los que saliesen de ellos por equivalente de la Alcabalas y Cientos .

Manifestación

Autores
Identificador
1005698
Fecha de publicación
1796?]
Lugar de producción
[lugar no identificado : editor no identificado, 1796?]
Idioma
español
Nota de edición
Reproducción digital del original conservado en la Biblioteca de la Universidad de Sevilla
Notas
  • Descr. física Sign.: Ap8s
  • Nota Area Public. Orden fechada en Aranjuez, 10 de Febrero de 1796
Enlace permanente
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