El Excmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de la Gobernacion de la Península, con Real órden de 30 mayo último, me dice lo que siguiente : ... las Cortes, despues de haber observado todas las formalidades prescritas por la Constitucion, han decretado los siguiente : articulo 1º, cesará de todo punto la prestacion de dinero ú otra cosa equivalente por Roma, con motivo de las bulas de Arzobispados, Obispados, de dispensas matrimoniales... / Gobierno Político Superior de la Provincia de Granada, Seccion de Gobierno Político

Manifestación

Autores
Identificador
1036287
Fecha de publicación
1821
Lugar de producción
[Granada : editor no identificado, 1821]
Idioma
español
Nota de edición
Reproducción digital del original conservado en la Biblioteca de la Universidad de Granada
Materias
  • Siglo XIX
  • España. -- EMBNE
  • Historia. -- UGRAU
Notas
  • Tít. tomado de principio de texto
  • Texto firmado por Pedro Miranda Flórez
  • Circular Nº 53
  • Olim: BHR/C-001-069 (77) BHR/C-103-032 (7-77)
  • Texto fechado en Granada el 7 de junio de 1821
Enlace permanente
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