Caso. La Casa Profesa de Sevilla tiene la Guerta de Madre de Dios, como se permite por n[uest]ras Constituciones 6{487} parte, cap. 2. Está en ella un Religioso Coadjutor administrándola a q[ui]en no da cosa ninguna la casa ni para su sustento ni para la cultura de la guerta. Pregúntase, si según las Constituciones, podrá vender alguna ortaliza para mantener la guerta cultivada y sustentarse, y si eso será contra las Constituciones sobredichas

Manifestación

Autores
Identificador
274128
Fecha de publicación
1600
Lugar de producción
[1600?]
Idioma
español
Nota de edición
Reproducción digital del original conservado en la Biblioteca de la Universidad de Granada
Materias
  • Ética
  • Justicia
  • Bienes eclesiásticos
Notas
  • Repositorio DIGIBUG
  • Colegio de la Compañía de Jesús de Granada
  • Col. Montenegro
  • Caparrós 62
  • Moore ArchTeolGran 46 (1983) 258
Enlace permanente
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