Decreto No. 1467
Manifestación
- Autores
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- Autor: Aldana, Daniel, 1831-1911
- Identificador
- 854114
- Fecha de publicación
- 1885
- Lugar de producción
- Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1885
- Idioma
- español
- Nota de edición
- Digitalización realizada por la Biblioteca Virtual del Banco de la República (Colombia)
- Materias
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- Generalidades; Generalidades / Colecciones generales; Ciencias sociales / Administración pública y ciencia militar
- Notas
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- Cundinamarca (Colombia)
- Dominio público
- Disposición sobre exenciones militares durante el periodo de guerra.
- Leyes; Decretos; Guerra; Excepciones; Ejercitos; Servicio militar
- o ... I , 1, OBRE EXE CID ES ILITARE • El Gob ruaor 1 Etado berano de undlnamar a DECRET : Art. 1. Todo individuo que no esté inhabilitadG para llevar las armas está obligado á incorporarse en los cuerpos militares. En consecuencia, vencido como ha sido el término definitivo señalado par alistamiento, los individuos que no presenten la leta de exención de alistamiento, firmada por Secretario de Gobierno del Estado, ó que no ca prueben pertenecer á alguno de los cuerpos de milicia en servicio, ode la fuerza permanente, ó de hallarse comprendidos en las exenciones establecidas en los incisos 1., 2., 4., 5.°Y7. del artículo 9.°del Código Militar, serán considerados como hostiles al Gobierno, ypasarán áincorporarse ála fuerza permanenIte, ámenos que se eximan del servicio consignando la urna de I 25, conforme al artículo 706 del Código I resada. Publíquesa Dado en Bogotá, á17 de Enero de 1885. D. ALDANA. El Secretario de &0bierno, OQ 1 IOR LE 1 •
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